Publicado el 12/08/2020 en Derecho en zapatillas
Marcos Zocaro
A la hora de invertir nuestros ahorros no sólo debemos evaluar la rentabilidad de los diferentes instrumentos que existen, sino que también es indispensable considerar el impacto impositivo que cada una de estas opciones puede tener sobre nuestro patrimonio. Y estos impuestos muchas veces no tienen relación con el grado de complejidad de la inversión (por ejemplo, hay plazos fijos que tributan ganancias mientras que existen beneficios por la venta de acciones que no pagan impuestos).
Si bien no son los únicos impuestos, a continuación analizaremos cómo afectan Ganancias y Bienes Personales a las inversiones de las personas durante este 2020.
El Impuesto a las Ganancias es quizás el que ha sufrido más modificaciones en los últimos años. Para el año 2020, una persona humana debe tener en cuenta que se han restablecido muchas exenciones con relación a la denominada “renta financiera”. Así, por ejemplo, no pagará este impuesto por las ganancias derivadas de la compraventa de acciones y títulos públicos que coticen en la Bolsa argentina, y tampoco lo hará por los rendimientos de dichos títulos públicos ni por los intereses de plazos fijos en pesos.
Sin embargo, no estarán exentas y sí se deberá tributar Ganancias (en caso de superar el “mínimo” correspondiente), sobre los intereses de plazos fijos con cláusula de ajuste (plazos fijos UVA), la venta de acciones que no coticen en la bolsa local (incluyendo, por ejemplo, los ADRs de acciones argentinas en Nueva York) y la venta de criptomonedas, entre otras inversiones.
En el caso de los intereses de plazos fijos UVA, se tributará a la escala progresiva del impuesto, que puede llegar al 35%, y si se trata, por ejemplo, de ganancias por venta de acciones que no cotizan en la bolsa argentina, la alícuota será del 15%.
¿Y Bienes Personales? En este impuesto, que grava la tenencia de activos en cabeza de las personas al 31 de diciembre de cada año, también tendremos inversiones exentas y otras sobre las que tributaremos.
Estarán exentos los plazos fijos (sean en pesos, UVA o dólares) y las cajas de ahorro en bancos locales, como así también los títulos públicos argentinos. Pero no tendrá este beneficio, por ejemplo, la tenencia de bonos extranjeros, cuentas corrientes bancarias y cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión. Y, algo muy importante, el dinero en efectivo tampoco estará exento (pero ese mismo dinero, depositado en la caja de ahorro, sí gozará del beneficio).
Para culminar con este breve repaso de los impuestos que recaen sobre nuestras inversiones y ahorros, cabe destacar que desde la última modificación a la Ley de Bienes Personales (mediante la Ley 27.541 de diciembre de 2019), existe una alícuota diferencial de hasta 2,25% en caso de bienes ubicados en el exterior.
Hemos visto cómo, al decidir dónde guardar nuestros ahorros y/o invertir buscando cierto beneficio, no sólo debemos tener en cuenta los beneficios que promete cada instrumento, sino también los impuestos que deberíamos pagar, lo que puede hacernos variar la rentabilidad total.
Para más info: “Una Bolsa de impuestos“.