5 Claves Fiscales sobre Criptomonedas en Argentina que Probablemente No Conocías
Marcos Zocaro[i]
La adopción de criptomonedas en Argentina sigue en expansión. Cada vez más personas invierten, ahorran o realizan transacciones diarias con activos digitales como bitcoin, ether o “stablecoins”.
Sin embargo, a medida que crece este fenómeno, también se multiplica la confusión: ¿cómo se declaran las criptomonedas ante ARCA, exAFIP? ¿Qué impuestos aplican y cuáles no?
La realidad es que el marco tributario argentino intenta adaptarse a una economía digital que avanza más rápido que la legislación. El resultado: un laberinto normativo con reglas particulares, contradicciones y criterios en evolución.
Este artículo resume 5 claves fiscales esenciales que todo contribuyente argentino debería conocer antes de declarar sus criptomonedas.
1. Olvidate del Monotributo para tus criptomonedas
Una duda común entre pequeños inversores es si pueden incluir sus ganancias por compraventa de criptomonedas en el Régimen Simplificado (Monotributo).
La respuesta es no, y la razón es técnica pero clara: el Monotributo fue diseñado para la venta de cosas muebles o prestación de servicios, no para la compraventa de activos digitales.
Además, el decreto reglamentario excluye expresamente los ingresos por inversiones financieras y valores mobiliarios.
En consecuencia, si un profesional monotributista —por ejemplo, un diseñador o programador— obtiene ganancias por trading o venta de criptoactivos, debe declararlas aparte en el Impuesto a las Ganancias, fuera del régimen simplificado.
En resumen: las criptomonedas no son compatibles con el Monotributo. Si operás con ellas regularmente, necesitás un encuadre fiscal distinto.
2. Declarás tus criptomonedas al costo, no al valor de mercado (y eso te conviene… ¿o no?)
Uno de los aspectos más polémicos del tratamiento fiscal cripto en Argentina está en el Impuesto sobre los Bienes Personales.
Al 31 de diciembre de cada año, las criptomonedas se valúan a su costo de adquisición, no a su valor de cotización en el mercado.
Así lo estableció la autoridad fiscal, indicando que el valor se determina “a su costo de adquisición, incrementado por intereses, actualizaciones y diferencias de cambio devengadas”.
3. Las Ganancias “en papel” no pagan impuestos (hasta que vendés)
En el Impuesto a las Ganancias, las personas humanas tributan solo por ganancias realizadas, es decir, cuando efectivamente venden sus criptomonedas.
Si simplemente suben de precio, pero seguís teniéndolas en tu billetera, esa ganancia “en papel” no se grava.
Por ejemplo, si tu tenencia de BTC o USDT aumenta de valor, no hay que declarar esa diferencia hasta que la enajenes (la vendas o la intercambies).
Solo en ese momento el resultado se considera “realizado”.
4. ARCA ahora pide la clave pública de tu billetera cripto
Uno de los cambios más significativos en la declaración de criptomonedas ante ARCA llegó con el período fiscal 2024 (que se presenta en 2025).
El organismo incorporó un nuevo dato obligatorio: la clave pública de la billetera donde se almacenan los criptoactivos.
El formulario también distingue si los activos se encuentran en un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrado en el país o en una billetera descentralizada como Metamask et.
Con esa clave pública, la administración tributaria puede usar exploradores de blockchain para verificar las transacciones, cruzar datos y detectar posibles omisiones.
5. La Ley todavía no sabe dónde está bitcoin (y eso genera caos legal)
El punto más complejo del régimen tributario argentino sobre criptomonedas es la determinación de la fuente de las rentas.
La Ley del Impuesto a las Ganancias (artículo 7) define que una renta es de fuente argentina si el emisor del activo está radicado en el país.
Pero, ¿qué ocurre con Bitcoin, que no tiene emisor centralizado?
Conclusión
El régimen tributario argentino para criptomonedas está en plena construcción. Las reglas existen, pero muchas no dialogan con la lógica del ecosistema cripto.
Comprender estos matices es esencial para operar con seguridad y planificar de forma eficiente.
A medida que la economía digital avanza, el desafío es claro:
¿logrará la legislación fiscal argentina adaptarse a la velocidad de la innovación tecnológica o seguirá intentando aplicar reglas del siglo pasado a activos del futuro?
[i] Elaborado, en forma experimental, con IA en base a varios artículos de mi autoría.
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